Reforma Fiscal USA-TRUMP

“MAKE AMERICA GREAT AGAIN” …  Bajo este slogan el hoy 45º presidente de los Estados Unidos, Donald J. Trump se ganó el corazón de millones de sus compatriotas en el recorrido que llevo a cabo como candidato a la presidencia; gracias a esto, logró ocupar la silla presidencial de lo que para muchos es (o era) la nación más poderosa del mundo.

Entre dimes y diretes de su tan controversial campaña política, Trump prometía llevar a los Estados Unidos a un punto de inflexión por medio del cual “regresaría” la fuerza y presencia internacional que se había perdido por el enfoque liberal y permisivo de administraciones anteriores.

Dentro de sus planes para lograrlo, estaba el de construir (como muchos ya lo sabemos) un muro en la frontera con México, el prohibir la entrada a suelo americano de ciertos grupos étnicos, (lo cual momentáneamente logró), así como también el de implementar una reforma fiscal que fuera más atractiva para las grandes corporaciones y de esta manera atraer un mayor flujo de inversión.

Dentro de estas promesas de campaña al día de hoy, una de ellas es una realidad.

El día 20 de diciembre de 2017 el Senado de los Estados Unidos aprobó lo que distintos medios llaman la mayor (y peor) reforma fiscal hecha en 30 años, por nuestro vecino del norte.

Dentro de lo que se buscó con esta reforma fue, entre otras cosas: el disminuir la tasa de Impuesto Sobre la Renta; que el pago de impuestos se pudiera realizar de una manera más sencilla, así como también el de incentivar a las empresas a la repatriación de sus capitales.

Dicho lo anterior, podemos señalar algunos puntos clave de esta reforma:

1.- Disminución de la TASA CORPORATIVA por concepto de ISR (Personas Morales) resultando pasar del 35% a 21%; de esta manera lo que se pretende es que nuevas empresas lleguen a suelo americano por dicha tasa impositiva en comparación con las que se pueden observar en distintos países del mundo en donde las tasas rondan entre 25 y 30 por ciento; con dicha disminución, se provocaría que el fisco estadounidense dejara de recaudar 1.4 billones de dólares, en los próximos 10 años.

En cuanto a que los grandes corporativos regresen a suelo americano, se contempla un pago por concepto de “REPATRIACIÓN” de capitales es decir, el reintroducir al país las ganancias generadas en el extranjero; en el cual se manejan dos tasas; una de 15.5% aplicado si los capitales son en efectivo o en algún equivalente a este y 8%, tratándose de capitales destinados a la reinversión dentro de la empresa; a su vez, se introduce un sistema territorial de impuestos en cual las empresas solo pagaran por las ganancias generadas dentro de territorio americano.

2.- Disminución de la TARIFA PARA PERSONAS FISICAS del 39.6% al 37%, hay que tomar en consideración que en México se paga poco mas del 35%. Está medida, se estima, causaría un perjuicio al fisco norteamericano de 1.8 billones de dólares en la próxima década.

3.- Se elimina el IMPUESTO CORPORATIVO ALTERNATIVO MÍNIMO (AMT) el cual tenía por objetivo garantizar que todos los contribuyentes, en ese país, pagaran impuestos.

4.- Disminución a $10,000.00 USD, la deducción anual en impuestos locales y estatales que era ilimitada; con dicha medida se permitiría al fisco estadounidense recuperar hasta medio billón de dólares en los diez años siguientes.

5.- Deducción inmediata de las inversiones en activos nuevos y usados, pero solo los que fueron adquiridos a partir de septiembre de 2017, el porcentaje deducible es del 100%, cabe resaltar que este estimulo no aplica respecto de bienes inmuebles.

6.- Las perdidas fiscales de ejercicios anteriores solo podrán aplicarse en un 80% de la utilidad fiscal de cada ejercicio (anteriormente podían aplicarse sin ninguna limitación).

7.- Se establece el IMPUESTO ANTIEROSIÓN BEAT aplicable a pagos a partes relacionadas, por concepto de intangibles, intereses, servicios e inversiones en activos fijos, aplicable a sociedades con ingresos superiores a 500 millones de dólares en promedio.

A simple vista estas reformas pueden resultar buenas o malas según el cristal por el que las miren, pero causan cierta incertidumbre sobre los efectos que tendrán en el plano internacional y sobre todo con nuestro país pues, de resultar de la manera que se pretende, las grandes trasnacionales emigrarían de países con economías emergentes lo cual se traduciría en un déficit para las economías de estos al, directamente, dejar de percibir los impuestos que estas generarían así como el de sus trabajadores e indirectamente el de las empresas y trabajadores que pudieran brindarles algún bien o servicio; generando de esta manera falta de flujos de capital como de empleos lo cual podría generar una situación de tensión interna que se podría traducir en una falta de seguridad financiera para nuevos inversores creando así un círculo vicioso de falta de inversión y competitividad internacional.

Pero antes de pensar en escenarios catastróficos debemos manifestar que un país con una ley tributaria de baja tasa impositiva no es el único factor que los grandes conglomerados buscan pues, si bien es algo muy atractivo, debemos tomar en cuenta otros factores como por ejemplo la posibilidad de maniobra de capitales, las cantidades de deducciones que se tienen autorizadas o los costos directos e indirectos tanto de operación como de mano de obra implicados en establecer  y mantener empresas en ese territorio.

 

Ante estas situaciones de cambio México debe de concentrarse en lograr fortalecer y esclarecer sus políticas públicas para que de esta manera se genere una estabilidad económica al interior y, subsecuentemente, esta estabilidad se traduzca en una seguridad hacia el exterior capaz de atraer mayor y mejor inversión haciendo que el impacto de decisiones ajenas a nuestro entorno no se convierta en un caos. Los mexicanos debemos trabajar en lo nuestro para no depender de estos otros entornos,  siempre serán tema sobre la mesa el combatir la corrupción, abatir la delincuencia, la difusión de zonas económicas especiales e inclusive una reforma fiscal integral, pero esto ya es tema de otro artículo.

Daniel Castrellón Carmona.

Lic. en Derecho por la Universidad Autónoma de Coahuila.

 

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